La interpretación puede ser entendida en diversos sentidos, por ejemplo darle determinado significado a un concepto o bien, toda una serie de pasos que sirven para establecer ese significado es decir, el quehacer que alguno o algunos realizan para llegar a la atribución, desde el punto de vista del de la voz resulta que puede verse desde una óptica formal o material en donde la primera es el producto y la segunda es todos los pasos, reflexiones, pensamiento crítico que se realiza para abordar y llegar a dicho producto.
Son diversas las corrientes que estudian y buscan una explicación de la interpretación; principalmente basándose en qué tanto se permite a la persona que ha de realizar la interpretación el trabajo amplio o estricto con el lenguaje y con sus aseveraciones. Entra en juego aquí un término que no resulta ajeno a la interpretación en su modalidad "jurídica" como es la discrecionalidad. Dentro de las posturas que abordan el tratamiento de la institución "interpretación" se determina que es excelente que exista discrecionalidad -que no implica de forma alguna arbitrariedad- y que además es excelente que exista esta labor de que la persona realice el ejercicio de argumentar y de determinar también cuál es el sentido de la norma.
Por otro lado se niega que pueda existir interpretación si el texto que se pretende interpretar es claro, conciso, fácil de apreciar y de entender, es decir, que no es oscuro o guarda reticencias, pero lo que también es un hecho es que para argumentar en muchas ocasiones se busca interpretar incluso lo que aparece como evidente y diáfano, se busca interpretar lo que se considera concreto, ayudándose de otras frases, de otros textos, esa labor también va dirgida a la argumentación y también al pensamiento crítico, el problema estriba en determinar si dicha interpretación puede ser considerada válida y verdadera o bien queda sin validez por intentar desentrañar un sentido que ya per se es totalmente claro.
En ese sentido, nótese que la interpretación es una herramienta utilísima para intentar determinar el sentido o significado de algunos conceptos, enunciados o frases. Por supuesto, como toda actividad humana tiende a la subjetividad pero bien se hace el ejercicio de intentar no mezclar esa subjetividad aunque también queda claro que si de dicha interpretación aunada a la argumentación depende -en el caso de los abogados litigantes- que una persona permanezca o no en la cárcel, que se pueda ejecutar en contra del deudor, y un sin fin de razones del por qué aparece la subjetividad y del por qué va íntimamente ligado con la argumentación, pues de la construcción de un buen argumento basado en la interpretación que se haga de las diversas disposiciones, se puede lograr "ganar", lo que se tenga pensado, no habremos acá de pensar en qué se tiene que ganar, pero de manera genérica se busca ganar persuadiendo con la argumentación y en la misma va implícita la interpretación. Así también le pasa al juez y al legislador y a la doctrina y estas también son formas en que se puede ver la uitilidad de la interpretación.
En resumidas cuentas, esta interpretación de la que se habla, obedece a la incesante necesidad de dotar de una explicación a todo lo que el hombre va conociendo y se relaciona con la argumentación porque es a través de ésta como puede manifestarse para lograr convicción; de lo contrario se queda en un pensamiento, en un acto aislado. En materia jurídica no podemos entender la una sin la otra pues incluso una parte importante del sistema jurídico lo constituye la "interpretación" realizada por "los más altos tribunales" y con estas palabras ya se está enfocando a la denominada "jurisprudencia", lo cual implica "la interpretación de la ley", desentrañar lo que quiere decir el texto normativo para que no existan controversias en su aplicación.
Es vastísimo el tema que se pretende comentar, obedece más a una simple "pasadita" que a un comentario, pues llevaría gran parte de este blog y de este espacio establecer las aristas de la argumentación y principalmente como el título determina e la interpretación, cuestión que se resolverá con más detalle conforme se avance en los comentarios "o pasaditas".
Son diversas las corrientes que estudian y buscan una explicación de la interpretación; principalmente basándose en qué tanto se permite a la persona que ha de realizar la interpretación el trabajo amplio o estricto con el lenguaje y con sus aseveraciones. Entra en juego aquí un término que no resulta ajeno a la interpretación en su modalidad "jurídica" como es la discrecionalidad. Dentro de las posturas que abordan el tratamiento de la institución "interpretación" se determina que es excelente que exista discrecionalidad -que no implica de forma alguna arbitrariedad- y que además es excelente que exista esta labor de que la persona realice el ejercicio de argumentar y de determinar también cuál es el sentido de la norma.
Por otro lado se niega que pueda existir interpretación si el texto que se pretende interpretar es claro, conciso, fácil de apreciar y de entender, es decir, que no es oscuro o guarda reticencias, pero lo que también es un hecho es que para argumentar en muchas ocasiones se busca interpretar incluso lo que aparece como evidente y diáfano, se busca interpretar lo que se considera concreto, ayudándose de otras frases, de otros textos, esa labor también va dirgida a la argumentación y también al pensamiento crítico, el problema estriba en determinar si dicha interpretación puede ser considerada válida y verdadera o bien queda sin validez por intentar desentrañar un sentido que ya per se es totalmente claro.
En ese sentido, nótese que la interpretación es una herramienta utilísima para intentar determinar el sentido o significado de algunos conceptos, enunciados o frases. Por supuesto, como toda actividad humana tiende a la subjetividad pero bien se hace el ejercicio de intentar no mezclar esa subjetividad aunque también queda claro que si de dicha interpretación aunada a la argumentación depende -en el caso de los abogados litigantes- que una persona permanezca o no en la cárcel, que se pueda ejecutar en contra del deudor, y un sin fin de razones del por qué aparece la subjetividad y del por qué va íntimamente ligado con la argumentación, pues de la construcción de un buen argumento basado en la interpretación que se haga de las diversas disposiciones, se puede lograr "ganar", lo que se tenga pensado, no habremos acá de pensar en qué se tiene que ganar, pero de manera genérica se busca ganar persuadiendo con la argumentación y en la misma va implícita la interpretación. Así también le pasa al juez y al legislador y a la doctrina y estas también son formas en que se puede ver la uitilidad de la interpretación.
En resumidas cuentas, esta interpretación de la que se habla, obedece a la incesante necesidad de dotar de una explicación a todo lo que el hombre va conociendo y se relaciona con la argumentación porque es a través de ésta como puede manifestarse para lograr convicción; de lo contrario se queda en un pensamiento, en un acto aislado. En materia jurídica no podemos entender la una sin la otra pues incluso una parte importante del sistema jurídico lo constituye la "interpretación" realizada por "los más altos tribunales" y con estas palabras ya se está enfocando a la denominada "jurisprudencia", lo cual implica "la interpretación de la ley", desentrañar lo que quiere decir el texto normativo para que no existan controversias en su aplicación.
Es vastísimo el tema que se pretende comentar, obedece más a una simple "pasadita" que a un comentario, pues llevaría gran parte de este blog y de este espacio establecer las aristas de la argumentación y principalmente como el título determina e la interpretación, cuestión que se resolverá con más detalle conforme se avance en los comentarios "o pasaditas".
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