Espero se encuentren de maravilla, les doy la bienvenida, en este espacio estaremos publicando diversas entradas respecto de los temas de nuestra materia, así que espero se sientan cómodos con la plataforma y sino me avisan las posibles controversias que se generen.
Les envío un cordial saludo esperando tengan un muy feliz inicio de semestre, cualquier duda recuerden aguilakim93@yahoo.com
Y para empezar ¿qué es el Derecho Civil?, espero los mejores argumentos de su parte, algo así como una hojita en word, un fuerte abrazo y nuevamente felicidades.
Lic. Vicente García Guinea
11 comentarios:
En la clase de derecho romano vimos una pequeña parte de esta materia. El derecho civil se crea en la época de la republica ya que el derecho quiritario se dividía en 2 partes. El IUS CIVILE que regulaba a los romanos y el IUS GENTIUM que regulaba a las personas que estaban en Roma .después entra el periodo imperial en donde se juntan estas dos partes y se crea el IUS CIVILE ROMANORUM que era aquel derecho que regulaba a los Romanos y A las personas que estaban en Roma.
Por lo tanto el derecho civil al igual que el derecho en general es un conjunto de normas pero en este caso son normas que regulan las relaciones privadas entre las personas o también se puede decir que son las normas que regulan las relaciones más generales y cotidianas de la vida de las personas.
Estas normas están incluidas en el código civil y comprende varios aspectos por lo que he leído por el momento del tema y estos son algunos:
El derecho de las personas que rige a las personas físicas y jurídicas, también tenemos la capacidad jurídica que maneja los bienes de los que son incapaces de administrarlos.
El derecho de las obligaciones que regula los contratos o convenios jurídicos entre las personas y sus consecuencias.
El derecho de bienes que comprende a la propiedad la posesión y la forma de adquirirla.
El derecho de familia que comprende al matrimonio de parentesco
El derecho de sucesión que es aquel que se encarga de las consecuencias jurídicas del fallecimiento de una persona
En conclusión este derecho regula las relaciones entre las personas y esto trae consigo otros elementos mencionados anteriormente.
NOS VEMOS EL VIERNES
Interesante tu punto Jafet, lo revisaremos en clase. Saludos cordiales.
para mi el derecho civil es un conjunto de normas que rigen los vinculos patrimoniales entre personas privadas de caracter publico o privado.
También se que protege los bienes morales y patrimoniales.
Es el derecho de las personas,de las obligaciones, los contratos, de familia, de bienes, y las normas de responsabilidades civiles.
Es el conjunto de principios de lo justo e injusto.
Y como ya lo menciono mi compañero jafet lo vimos en clase de derecho romano, ese fue el origen del derecho civil, que en los primeros tiempos el derecho de ciudad solo pertenecia a los patricios, los fudadores d la ciudad.
El derecho civil es el que regula las relaciones entre las personas de un estado, principalmente a la organizacion familiar y propiedad que son los bienes.
Todas estas normas estan plasmadas en un Codigo Civil
El derecho civil comprende para finalizar:
El Derecho de las personas, que regula el inicio y fin de la existencia de las personas naturales y jurídicas,
la capacidad jurídica y la administración de los bienes de los incapaces,
los derechos de la personalidad,
los atributos de la personalidad, es decir, los elementos que determinan las condiciones de cada individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el domicilio, la nacionalidad, y ciertos derechos calificados de personalísimos, por cuanto no pueden transmitirse o transferirse a otras personas.
algunas normas que he leido de responsabilidad comun son el derecho de familia y el derecho de sucesión
ammm cuídese mucho y nos vemos el viernes :D
Hola Paola, considero que tienes algunos puntos interesantes que serán comentados en clase, sobre todo la última parte de tu comentario respecto de las "normas de responsabilidad común". Saludos nos vemos mañana.
¿Qué es el Derecho Civil?
En mi opinión, para poder definir el Derecho civil, es necesario definir qué es el Derecho. Muchos autores han opinado sobre dicha definición, llegando a controversias. Kant nos define al Derecho como “el conjunto de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el arbitrio de los demás, según una Ley universal de libertad"; Hegel sostiene que el derecho es "la existencia del querer libre"; Stammler opina que el derecho es “El derecho es la voluntad vinculante, autárquica e inviolable".
Por lo tanto, definir el Derecho nos lleva a la conclusión de que éste, es el conjunto de normas jurídicas que rigen la vida en sociedad; tomando en cuenta esta definición, nos lleva a preguntarnos sobre cómo el Derecho regula a una sociedad en la cual existen necesidades de todo tipo y al mismo tiempo complejas. Es por ello, que el Derecho se va a dividir en ramas, y a una de estas ramas pertenece el Derecho Civil.
Por lo tanto, el Derecho Civil es una rama del Derecho que se refiere al estado y capacidad de las personas, la familia, el patrimonio, la transmisión de bienes, los contratos y las obligaciones. Si analizamos esta definición, nos podemos dar cuenta que el Derecho Civil se centra en los particulares y en la relación que existe entre ellos.
Pero ¿qué protege dicho Derecho? o ¿Para que nos sirve el Derecho Civil? pues el derecho civil nos da el derecho a la personalidad, a la familia y al patrimonio. Cuando hablamos de personalidad, nos referimos a las personas naturales y jurídicas, las personas naturales somos nosotros y jurídicas son las instituciones. La familia es una base social, la cual se tiene que regular porque en ella podemos proteger intereses y tener una seguridad vital. El patrimonio es lo màs importante que una persona física o moral puede tener.
Por lo tanto, ¿qué pasaría si no existiera el Derecho Civil? Simplemente las relaciones personales que se dan como el matrimonio, obligaciones, etc., serían inseguras, no tendríamos la seguridad de hacer acuerdos, o vender algo, de asegurar nuestro patrimonio, etc. Tampoco nos podríamos identificar como personas, hacer pautas y diferencias sobre lo que es la personalidad, simplemente no tendríamos una seguridad en la vida ni una personalidad que nos identifica y nos hace únicos en una sociedad.
Nos vemos mañana licenciado, buenas noches
Es un conjunto de normas juridicas y personales que controlan las relaciones cotidianas entre las personas publicas y prividas y que regula a las personas con personas y personas con el estado mientras su relacion sea plenamente humanas tanbien se puede definir sinplemente con el codigo civil y proteje el patrimonio de las personas.
Es el derecho que controla todas las obligaciones de familia y de la sociedad que cunplan todas sus responsabilidades.
Tanbien es el derecho de lo justo y lo injusto dependiendo de que lado de la moneda te encuentres en cuestion si te favorece o no y esto en peso en la antigua roma.
Bueno en conclucion es el derecho civil es el derecho de la gente que proteje sus vienes juridicos sus pocesiones y a la familia
Nos vemos mañana
Para mi el derecho civil no es propiamente una rama, sino el tronco del derecho privado. Esto es tan cierto que durante muchos años derecho privado era sinónimo de derecho civil: incluía todas las normas aplicables a la vida privada de los hombres y a sus relaciones entre si. Surgiendo o proviniendo de este tronco aparecieron varias ramas o siguen naciendo aun. Comprende el conjunto de normas relativas a las instituciones, a los actos y a las relaciones jurídicas que interesan a los particulares con exclusión de aquellas que corresponden sectores especiales(comerciante, trabajadores). Su campo abarca el estudio de las personas(estado y capacidad), los bienes(propiedad, servidumbre, hipoteca), la familia(matrimonio, divorcio), las acreencias o créditos y la responsabilidad patrimonial y la sucesión hereditaria.
También otro dato importante es que la expresión derecho civil es la traducción literal de la expresión en latín de jus civile, como se llamaba o se denominaba en roma al derecho de los ciudadanos(Quirites) en contraposición a jus Gentium, derecho de las gentes que comprendía las normas comunes a todos los pueblos que integraban el imperio Romano, y por ello no ciudadanos de roma.
Durante la edad media la expresión jus civile se empleaba contraponiéndola a la expresión jus canonicum que significaba la legislación que regia sobre los miembros de la iglesia y sobre los asuntos religiosos. Con el transcurso de los tiempos la expresión derecho civil paso a ser equivalente a derecho privado en oposición al derecho público.
Nos vemos mañana
El derecho civil es una rama del derecho que es la encargada de regular a los particulares, en esto entran diversos tipos de problemas, para estos se utilizan los tribunales y la resolución de esta es de manera pronta, completa, imparcial y gratuita. A este se le llama proceso civil.
El proceso jurisdiccional es el conjunto de actos que por diversas fases y dentro de un tiempo especifico dos o mas personas que son las que ha llevado a cabo el problema. Un sujeto llamado Juez es el encargado de dar solución al caso que se presento y del proceso concluido este llega a una conclusión llamada en el proceso civil Sentencia.
Es derecho civil cuando está relacionado con personas, familia, matrimonio, divorcio, tutela, patria potestad entre otros, los sujetos que participan en este proceso son el demandante y demandado , otros que llegan a participar son Juez, Ministerio Público, Peritos, Testigos, Abogados y Terceros.
Este es el que mas se presenta por la situación actual de las relaciones, anteriormente no había tantos conflictos en las relaciones y así mismo la tecnología ha tenido gran participación en estos que se presentan.
Espero este bien, no se como se usa esto ...
Estimados alumnos Daniela, Daniel, Reyes y Escartín, me parece importante que sigan cultivando su hábito de lectura y sobre todo que ya tengan algunos de los enfoques de esta materia, nos vemos más tarde. Saludos.
Agradezco los saludos y buenos deseos, al igual deseándose-lo,
bueno pues algo tarde ya que tuve algunos problemas....
¿Que es derecho civil?Para explicar la evolución del concepto de Derecho Civil debemos remontarnos a Roma. En Roma se distinguía entre Ius Civile e Ius Gentium (o Naturale), el primero se refiere al usado por los romanos, entendido no como una imposición, sino como un privilegio. El segundo se refiere al Derecho común a todos los hombres sin distinción de nacionalidad, el Ius Gentium se refiere a un sistema estrictamente romano para dar tratamiento jurídico a las relaciones entre romanos y extranjeros, sistema que sería producto de la expansión económica y militar del pueblo romano o civitas.
El Ius Civile como derecho del cives, del ciudadano romano, no se identifica con el derecho privado. Es cierto que la construcción romana construyó de preferencia las instituciones privadas (persona, familia, propiedad, obligaciones, herencia), pero dentro del Ius Civile hay instituciones que son extrañas al derecho civil (a nuestra concepción de derecho civil), así las de carácter penal, procesal y las administrativas o políticas.
El Ius Civile, en su sentido propio y originario sería el ordenamiento tradicional que habrían adoptado los grupos primitivos romanos reunidos en una comunidad política y estaría constituido por una serie de principios fundamentales establecidos por la jurisprudencia religiosa y luego laica de los prudentes.
esto de-acuerdo con el libro:
COMPENDIO DE DERECHO CIVIL
Rafael Rojina Villegas
y para mi el derecho civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público.
bueno pues le pido unas sinceras disculpas por la tardanza y así afirmo que no se repetirá nos vemos en clase y unos saludos lic.
atte: jorge eduardo lopez rodriguez
En el Derecho Romano, tiene principalmente esta acepción, el derecho propio de cada pueblo, y dicho así, en este caso, el Derecho aplicable al pueblo romano.
Lo que dice Ulpiano acerca del Derecho Civil, es que es aquel que ni se aparta del todo del natural o del de gentes, ni en absoluto se conforma con él; y así, cuando añadimos o quitamos algo al Derecho común, construimos el Derecho propio, esto es, el civil (Ley 6°, título I, libro I del Digesto).
Por otro lado, Papiniano lo define como el procedente de las leyes, plebiscitos, senadoconsultos, decreto de los príncipes y autoridad de los jursiconsultos, en contradicción al Derecho pretoriano.
En mi opinión, en el poco acercamiento que he tenido con el Derecho, puedo decir que el Derecho Civil es la rama del Derecho que se encarga de regular las relaciones entre las personas, así como desde el nacimiento del individuo hasta su muerte y posteriores consecuencias de ésta, esto lo digo basándome en el contenido del Código Civil, ya que regula desde el nasciturus, los convenios, contratos, compra- venta y otras relaciones que lleva a cabo la persona durante su vida, y cuando ésta termina, y se sabe qué es lo que sucede y finalmente, la sucesión de los bienes del de cujus.
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